El 11,33% de las víctimas de violencia de género renunció a declarar contra su agresor en 2025. Eso equivale a casi 21.000 mujeres que, pese a haber denunciado, se acogieron a la dispensa legal para no testificar. Este porcentaje creció un 12,6% en un año, según el Observatorio contra la Violencia de Género del CGPJ. La falta de testimonio afecta directamente la prosecución penal: en muchos casos, es la única prueba de cargo. Sin ella, los jueces deben archivar o absolver.
¿Por qué las víctimas renuncian a testificar contra su agresor?
El miedo es el factor dominante. Las mujeres temen represalias, pérdida de la custodia de los hijos, exclusión familiar o expulsión del hogar compartido. Muchas viven en dependencia económica total. Otras sufren coacción psicológica persistente, incluso tras la denuncia. El control del agresor no cesa con la interposición de la querella.
Factores estructurales que refuerzan el silencio
- La dispensa legal del deber de declarar contra cónyuge o pareja estable está prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Es un derecho, no una obligación.
- Las víctimas extranjeras presentan tasas aún más altas de renuncia: suelen enfrentar barreras lingüísticas, desconocimiento del sistema judicial y miedo a la deportación.
- La falta de protección efectiva post-denuncia —como alojamientos seguros, acompañamiento judicial o seguimiento policial continuo— debilita la confianza en el sistema.
¿Qué consecuencias tiene la falta de testimonio en los procesos?
Cuando la víctima no declara, el Ministerio Fiscal y los jueces dependen de pruebas periféricas: informes médicos, grabaciones, testigos o peritajes. Pero en el 68% de los casos de violencia de género, esas pruebas son escasas o inexistentes. El resultado es un riesgo real de impunidad.
El impacto económico del silencio
Cada caso archivado por falta de prueba representa un costo judicial no recuperado: alrededor de 12.500 € por expediente, según estimaciones del Consejo General del Poder Judicial. Además, se multiplican los costos sociales: atención psicológica prolongada, intervención de servicios sociales y pérdida de productividad laboral.
¿Cómo está respondiendo el sistema judicial?
El Poder Judicial ha lanzado un llamamiento urgente a familiares y allegados: que rompan el silencio y denuncien. Solo el 2% de los testigos potenciales lo hace de forma espontánea. Se están reforzando los protocolos de acceso a la justicia sin presencia física de la víctima: declaraciones telemáticas, uso de videoconferencias y declaraciones anticipadas bajo custodia.
Marco legal clave
- La Ley Orgánica 1/2004 establece que la violencia de género es un delito público, independiente de la voluntad de la víctima.
- El artículo 416 LECrim permite la dispensa, pero no excluye la obligación del juez de investigar otras vías probatorias.
- La Directiva UE 2012/29 obliga a garantizar la protección y participación efectiva de las víctimas, incluso sin su testimonio presencial.
¿Qué datos clave debemos retener?
- En 2025, 20.987 víctimas se acogieron a la dispensa para no declarar contra su agresor.
- Eso representa el 11,33% del total de denuncias por violencia de género.
- El aumento interanual fue del 12,6%, el más alto desde 2019.
- El 82,6% de los juicios por violencia de género terminaron en condena: una tasa récord.
- En juzgados especializados, la tasa de condenas alcanza el 92,8%.
El contraste es contundente: alta eficacia judicial cuando hay prueba, pero fragilidad estructural cuando la víctima no puede o no quiere declarar. La solución no pasa por presionar a la víctima, sino por fortalecer los mecanismos alternativos de prueba, garantizar protección real y extender la formación judicial en trauma-informed justice. La justicia no puede depender de un testimonio que el sistema no logra proteger.
