Koldo García solicita el archivo inmediato de la investigación de la Audiencia Nacional sobre los contratos de mascarillas en Baleares y Canarias. Su defensa alega que esos hechos ya fueron juzgados en el Tribunal Supremo, lo que activa la protección del principio non bis in idem. Esto evita la doble persecución penal por los mismos hechos. El recurso busca anular su declaración como investigado el 14 de mayo de 2026.
¿Qué es el principio non bis in idem y por qué es clave en este caso?
El non bis in idem es una garantía constitucional y europea. Protege a las personas de ser juzgadas dos veces por los mismos hechos. Su aplicación exige tres elementos: identidad de sujeto, identidad de hecho y identidad de norma penal.
En este caso, la defensa sostiene que el Supremo ya incorporó los contratos de Baleares y Canarias al juicio oral del ‘caso mascarillas‘. La Fiscalía y la acusación popular los incluyeron como parte de un único proyecto criminal. Eso impide que la Audiencia Nacional los investigue de forma independiente.
La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE refuerza el argumento
El TJUE ha sentado que el non bis in idem se aplica incluso si los procedimientos se siguen en distintas jurisdicciones nacionales. Si el hecho es el mismo y ya hubo resolución firme, la segunda causa carece de base legal. Esto es especialmente relevante en casos con múltiples órganos judiciales involucrados.
¿Por qué la Audiencia Nacional sigue investigando si el Supremo ya juzgó los hechos?
La Audiencia Nacional asumió competencia por la presencia de delitos de cohecho, prevaricación y fraude con dimensión nacional. Pero la defensa alega que esos delitos no son independientes: están integrados en el mismo núcleo fáctico ya analizado en el Supremo.
El juez Ismael Moreno debe decidir si hay duplicidad real o si los hechos tienen autonomía jurídica. La decisión afectará la coherencia del sistema de justicia penal español.
El rol del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en la distribución de competencias
El CGPJ define qué juzgado debe conocer cada causa. Cuando hay superposición, debe prevalecer el órgano que primero adquirió competencia sobre el hecho central. Aquí, el Supremo lo hizo al admitir la acusación popular que incluyó explícitamente los contratos autonómicos.
¿Qué impacto económico tiene esta disputa jurisdiccional?
Los contratos de mascarillas en Baleares y Canarias superaron los 120 millones de euros. Parte de esos fondos fueron ejecutados por Soluciones de Gestión, empresa vinculada a Víctor de Aldama. Si se archiva la causa, se detendría cualquier reclamación civil por daños al erario público.
Además, el caso afecta la confianza inversora en la gestión pública sanitaria. La incertidumbre jurídica prolongada desincentiva la participación de empresas en licitaciones públicas. El Ministerio de Hacienda ya ha señalado que retrasos en la resolución de causas similares generan costes de litigio superiores al 18 % del valor de los contratos.
El marco legal de los contratos de emergencia sanitaria
Durante la pandemia, se aplicó el Régimen Especial de Contratación del artículo 119 de la Ley de Contratos del Sector Público. Permite adjudicaciones directas en situaciones de urgencia. Pero exige informes técnicos justificativos y control ex post. La defensa argumenta que esos controles ya fueron evaluados en el juicio del Supremo.
¿Qué sucede si se rechaza el recurso de Koldo García?
Si el juez deniega el archivo, Koldo deberá declarar el 14 de mayo. Eso podría derivar en imputación formal y en la apertura de una nueva fase probatoria. También podría activar efectos colaterales: inhabilitación temporal para contratar con la Administración y riesgo de responsabilidad patrimonial.
Datos Clave
- El non bis in idem está protegido por el artículo 25.1 de la Constitución y el artículo 50 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
- El Supremo ya incluyó los contratos de Baleares y Canarias en su causa contra Ábalos, García y De Aldama.
- La defensa presentó un escrito de 26 páginas ante la Audiencia Nacional el 10 de mayo de 2026.
- El valor total de los contratos cuestionados supera los 120 millones de euros.
- El TJUE ha anulado sentencias nacionales por vulnerar este principio en al menos 7 casos desde 2020.
