El Tribunal Supremo ha decidido no admitir la querella presentada por un grupo de juristas contra el rey emérito Juan Carlos I, en la que se le acusaba de cinco delitos fiscales relacionados con donaciones y rentas no declaradas. Esta decisión se alinea con el criterio de la fiscalía, que ya había considerado que los hechos no constituían un ilícito penal. El auto del tribunal, que fue redactado por el expresidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, concluye que no hay motivos suficientes para reabrir el caso, ya que los delitos estarían prescritos o habrían sido objeto de regularización tributaria.
Los querellantes, entre los que se encuentran exmagistrados y fiscales jubilados, argumentaban que las regularizaciones fiscales realizadas por el rey emérito, que incluyeron un pago de más de 4 millones de euros a la Hacienda Pública, no cumplían con los requisitos legales para exonerar de responsabilidad penal. Además, sostenían que los delitos no habrían prescrito, dado que se trataba de hechos agravados por el uso de estructuras opacas en el extranjero, específicamente en países como Liechtenstein y Suiza.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha reafirmado que la regularización tributaria efectuada por Juan Carlos I, aunque con errores formales, tuvo efectos exoneradores. El tribunal argumenta que no se puede abrir un proceso penal por hechos que no alcanzan los umbrales económicos que exige el delito fiscal. Asimismo, se destaca que la acción popular no puede sustituir la iniciativa de la fiscalía, que ya ha descartado la existencia de delito.
### Contexto de la Querella
La querella presentada contra el rey emérito se centraba en la supuesta ocultación de ingresos y donaciones a través de fundaciones como Zagatka y Lucum. Los querellantes sostenían que, a pesar de las regularizaciones fiscales, los delitos cometidos eran suficientemente graves como para ser perseguidos penalmente. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha considerado que los argumentos presentados no aportaban nuevos datos o pruebas que justificaran la reapertura de la investigación.
El auto del tribunal también menciona que la selección fragmentada del decreto de archivo de la fiscalía no puede ser la base para abrir un nuevo proceso penal. En este sentido, se enfatiza que la decisión de archivo de la fiscalía fue razonada y congruente con los resultados de las investigaciones previas. El tribunal concluye que admitir la querella significaría dar validez a intereses tributarios que ya han sido satisfechos, lo que no es compatible con la función del sistema judicial.
### Implicaciones y Reacciones
La decisión del Tribunal Supremo ha generado diversas reacciones en el ámbito político y social. Por un lado, algunos sectores han expresado su descontento, argumentando que la justicia no está siendo igual para todos, especialmente en casos que involucran a figuras públicas de alto perfil. Por otro lado, defensores de la decisión del tribunal argumentan que es fundamental mantener la independencia del poder judicial y evitar que la acción popular se convierta en un mecanismo para perseguir a personas que ya han regularizado su situación fiscal.
La figura del rey emérito ha estado rodeada de controversias en los últimos años, y este nuevo episodio en su historia legal podría tener repercusiones en su imagen pública y en la percepción de la monarquía en España. La decisión del Tribunal Supremo también plantea preguntas sobre la transparencia y la rendición de cuentas de las figuras públicas, así como sobre el papel de la fiscalía en la investigación de delitos fiscales.
En resumen, el Tribunal Supremo ha decidido archivar la querella contra Juan Carlos I por delitos fiscales, reafirmando que los hechos investigados no son perseguibles penalmente. Esta decisión se basa en el criterio de la fiscalía y en la consideración de que los delitos estarían prescritos o ya regularizados. La controversia en torno a la figura del rey emérito continúa, y el debate sobre la justicia y la rendición de cuentas en el ámbito fiscal sigue siendo un tema candente en la sociedad española.